El pasado 13 de octubre entró en vigor la nueva normativa del trabajo a distancia regulada por el Real Decreto 28/2020 de 22 de septiembre. Esta nueva normativa no se aplicará al teletrabajo implantado de forma excepcional a la situación derivada del COVID-19 y de las medidas de contención sanitaria adoptadas en estas circunstancias. Estas situaciones se regirán por la normativa laboral ordinaria que ya teníamos. Las empresas en esta situación provisional sí deberán proporcionar a los trabajadores los medios, equipos y herramientas para su desarrollo.
En cualquier caso y aunque muchos de vosotros estáis afectados por el teletrabajo excepcional del COVID-19, algún día volveremos a la normalidad, previsiblemente a partir del 9 de mayo de 2021, y entonces os será de utilidad saber las pinceladas básicas que conforman la nueva regulación del trabajo a distancia. Estas son:
¡Ánimo y mucha fuerza!
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3 Comments
Buenas noches,
No sé si a esto me podréis responder, o hay que pagar una consulta para este tipo de preguntas.
La cuestión es que mi empresa me está obligando a usar mi dispositivo móvil para la realización del trabajo (clases online desde la propia escuela física para alumnos que quieran recibir clase online), y si no lo creo, directamente me quitan las horas de trabajo. Sólo me gustaría saber si esto es ilegal. Me han enviado un correo electrónico en el que me avisan de esto, con lo cual está todo por escrito.
Muchas gracias,
Adrián
Hola Adrián,
Gracias por ponerte en contacto con nosotros.
Te dejamos una entrada en el blog que hicimos a raíz de una Sentencia de la Audiencia Nacional sobre el uso del teléfono móvil particular de los trabajadores, este es el enlace: https://www.abtabogados.es/2019/02/28/puede-el-empresario-obligar-al-empleado-a-utilizar-su-movil-personal-para-realizar-su-trabajo/
En principio y según lo expuesto en la sentencia, no te podría obligar la empresa a utilizar tu propio dispositivo personal para el uso de la actividad de la empresa, pero siempre hay que estar al caso concreto.
Si quieres más información, puedes ponerte en contacto con nosotros en los teléfonos: 91 711 25 58 o 984 11 92 52 o bien mediante correo electrónico a info@abtabogados.es
Saludos
Buenas noches,
No sé si a esto me podréis responder, o hay que pagar una consulta para este tipo de preguntas.
La cuestión es que mi empresa me está obligando a usar mi dispositivo móvil para la realización del trabajo (clases online desde la propia escuela física para alumnos que quieran recibir clase online), y si no lo creo, directamente me quitan las horas de trabajo. Sólo me gustaría saber si esto es ilegal. Me han enviado un correo electrónico en el que me avisan de esto, con lo cual está todo por escrito.
Muchas gracias,
Adrián