Con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 se ha hecho realidad la promesa en cuanto a la subida de las pensiones de viudedad se refiere. Y es que, con la entrada en vigor de la misma, se ha incrementado el importe de la pensión como resultado de subir el porcentaje del 52% al 56%.
Ahora bien, para que se produzca esa subida hay que cumplir una serie de requisitos:
Ser mayor de 65 años
No percibir otra pensión
No trabajar
No tener otros ingresos que superen 7.348 € anuales.
Y no se queda ahí la cosa, a partir del 1 de enero, se produce otra subida del 56% hasta el 60%, por lo que a principios del año que viene estamos hablando de un incremento en la cuantía de las pensiones de un 8%.
En principio y para evitar grandes acumulaciones de solicitudes, la Seguridad Social aplica la subida de oficio, es decir, que, a partir del 1 de agosto, la cuantía de la pensión ha de haberse incrementado automáticamente. Sin embargo, nos hemos encontrado con casos en los que, por algún motivo, no ha sido así y hemos tenido que solicitarla nosotros mismos para que se aplique dicha subida.
Por lo tanto, si cumples los requisitos, revisa si la pensión de viudedad se ha visto incrementada desde el mes de agosto (sin tener en cuenta la actualización del IPC de las pensiones que también se ha llevado a cabo por esas fechas).
Y, si compruebas que no te han aplicado esta subida automáticamente y quieres asesoramiento sobre el tema para solicitar la diferencia que te corresponde, no dudes en contactar con nosotros.
Puedes contactar con nosotros pinchando aquí o bien llamándonos por teléfono al 984 11 92 52, estaremos encantados de atenderte.
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